martes, 25 de septiembre de 2012

Actuales retenciones a profesionales

Desde el 1 de septiembre de 2012, en caso de que su negocio o empresa tenga que abonar la factura emitida por un profesional, hay que tener en consideración que el porcentaje del tipo de retención se ha elevado desde el 15 por ciento al 21 por ciento. NOTA: si la ley no cambiase, al ser un régimen transitorio, a partir del año 2014, el tipo de retención será del 19 por ciento.

Puede darse el caso, de que el profesional se encuentre en el primer ejercicio de su actividad o en los dos siguientes, si es así, el tipo de retención que se deberá aplicar es del 9 por ciento (en lugar del 7 por ciento que se aplicaba hasta ahora).

NOTA: es muy importante tener en cuenta que la obligación de retener es del pagador (su empresa) y no del prestador del servicio (profesional).